El arraigo socioformativo es la gran novedad de 2025-2026. Nacido con la reforma del Reglamento de Extranjería (RD 629/2025, de 20 de mayo), sustituye al antiguo "arraigo para la formación".
¿Qué es?
Es una autorización de residencia temporal (1 año) para extranjeros que lleven al menos 2 años en España y se comprometan a realizar una formación oficial. Permite la modificación a un permiso de trabajo una vez completada.
Requisitos
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2 años de permanencia continuada (sin salidas superiores a 90 días).
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Carecer de antecedentes penales (últimos 5 años).
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Estar matriculado o comprometerse a cursar una formación oficial.
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Obtener un informe de inserción social.
¿Qué formaciones son válidas?
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Certificados de profesionalidad (presenciales o semipresenciales).
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Ciclos formativos de FP (Grado Básico, Medio o Superior).
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Enseñanzas obligatorias dentro de la educación de personas adultas (enseñanzas iniciales, ESPA).
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Formaciones promovidas por los Servicios Públicos de Empleo orientadas al Catálogo de Difícil Cobertura.
⚠️ Requisito obligatorio: presencialidad
La formación debe ser presencial o semipresencial (al menos el 50% presencial). No se aceptan cursos 100% online.
Sectores con mayor empleabilidad en 2026
Tecnología y digitalización, energías renovables, hostelería y turismo, construcción, cuidados sociosanitarios, y logística y transporte.
¿Cómo elegir la mejor formación?
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Consulta el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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Revisa el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura (se actualiza trimestralmente).
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Elige un sector con demanda real en tu zona.
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Confirma que el centro está autorizado y la modalidad es presencial/semipresencial.
Ventaja clave: durante el arraigo socioformativo puedes realizar prácticas en empresas.

