El arraigo socioformativo es la gran novedad de 2025-2026. Nacido con la reforma del Reglamento de Extranjería (RD 629/2025, de 20 de mayo), sustituye al antiguo "arraigo para la formación".
¿Qué es?
Es una autorización de residencia temporal (1 año) para extranjeros que lleven al menos 2 años en España y se comprometan a realizar una formación oficial. Permite la modificación a un permiso de trabajo una vez completada.
Requisitos
  • 2 años de permanencia continuada (sin salidas superiores a 90 días).
  • Carecer de antecedentes penales (últimos 5 años).
  • Estar matriculado o comprometerse a cursar una formación oficial.
  • Obtener un informe de inserción social.
¿Qué formaciones son válidas?
  • Certificados de profesionalidad (presenciales o semipresenciales).
  • Ciclos formativos de FP (Grado Básico, Medio o Superior).
  • Enseñanzas obligatorias dentro de la educación de personas adultas (enseñanzas iniciales, ESPA).
  • Formaciones promovidas por los Servicios Públicos de Empleo orientadas al Catálogo de Difícil Cobertura.
⚠️ Requisito obligatorio: presencialidad
La formación debe ser presencial o semipresencial (al menos el 50% presencial). No se aceptan cursos 100% online.
Sectores con mayor empleabilidad en 2026
Tecnología y digitalización, energías renovables, hostelería y turismo, construcción, cuidados sociosanitarios, y logística y transporte.
¿Cómo elegir la mejor formación?
  1. Consulta el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
  2. Revisa el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura (se actualiza trimestralmente).
  3. Elige un sector con demanda real en tu zona.
  4. Confirma que el centro está autorizado y la modalidad es presencial/semipresencial.
Ventaja clave: durante el arraigo socioformativo puedes realizar prácticas en empresas.